Ley 12/2023 · Renta 2026 · Gratuito

¿Qué reducción IRPF te corresponde por alquilar tu vivienda?

La Ley de Vivienda cambió el 60% único por cuatro tramos distintos. Descubre el tuyo en 2 minutos con este árbol de decisión.

1
Pregunta 1 de 4

¿Cuándo se firmó el contrato de arrendamiento?

La fecha de firma determina el régimen aplicable. La Ley 12/2023 entró en vigor el 26 de mayo de 2023.

Antes del 26 de mayo de 2023 Régimen transitorio — reducción del 60%
Desde el 26 de mayo de 2023 hasta hoy Nuevo régimen — entre 50% y 90% según condiciones
2
Pregunta 2 de 4

¿La vivienda está en un municipio declarado zona de mercado residencial tensionado?

A junio 2026, son 310 municipios en cuatro comunidades: Cataluña, País Vasco, Navarra y Galicia. Verifica tu municipio →

Sí, es zona tensionada Puedo optar a reducciones del 70% o 90%
No, no es zona tensionada La reducción máxima posible es del 60%
3
Pregunta 3 de 4

¿La renta firmada es al menos un 5% inferior a la del contrato anterior en esa misma vivienda?

Solo aplica si existía un contrato previo en los últimos 5 años. La comparación se hace con la renta que estaba vigente en el contrato anterior (actualizada en su caso).

Sí, he bajado la renta un 5% o más Reducción del 90% — el máximo posible
No / no hay contrato anterior Continúo para comprobar otras condiciones
3
Pregunta 3 de 4

¿El inquilino tiene entre 18 y 35 años, o se encuentra en situación de vulnerabilidad?

Vulnerabilidad: renta inferior a 3 veces el IPREM (22.558,77 €/año en 2026) y que el alquiler supere el 30% de sus ingresos.

Reducción del 70%
No Comprobamos si aplica la reducción por rehabilitación
4
Pregunta 4 de 4

¿Has realizado obras de rehabilitación o mejora de la vivienda en los 2 años anteriores a la firma del contrato?

Incluye obras de mejora energética (aislamiento, caldera, paneles), accesibilidad o mejora general. Deben estar finalizadas antes de la firma del contrato.

Sí, he realizado obras de rehabilitación Reducción del 60%
No Reducción general del 50%
%
Tu reducción sobre el rendimiento neto positivo del alquiler

Comparativa de tramos aplicables

Introduce tus datos para calcular el ahorro fiscal estimado:

Ahorro fiscal estimado
Rendimiento neto
Base tributable (con reducción)
Sin reducción habrías tributado
Con reducción tributas

Los cuatro tramos de reducción IRPF por alquiler desde 2024

Reducción Condición Contrato
90% Zona tensionada + rebaja de renta ≥ 5% vs. contrato anterior Post 26/05/2023
70% Zona tensionada + inquilino 18-35 años o en situación de vulnerabilidad Post 26/05/2023
60% Obras de rehabilitación finalizadas en los 2 años previos al contrato Post 26/05/2023
50% Caso general (ninguna condición anterior cumplida) Post 26/05/2023
60% transitorio Contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 Pre 26/05/2023

¿Si cumplo varias condiciones a la vez, se suman las reducciones?

No se suman. Se aplica la mayor de las reducciones que correspondan. Por ejemplo, si tu vivienda está en zona tensionada y has rebajado la renta un 5%, te corresponde el 90%, aunque también hayas hecho obras de rehabilitación (60%).

¿La reducción se aplica sobre los ingresos brutos o sobre el rendimiento neto?

Sobre el rendimiento neto positivo: ingresos del alquiler menos todos los gastos deducibles (IBI, comunidad de propietarios, seguro, intereses hipoteca si la hay, reparaciones y conservación, amortización del inmueble al 3% del valor de construcción). La reducción es el último paso antes de declarar en el IRPF.

¿Qué documentación necesito para justificar la reducción del 70% por inquilino joven?

Debes poder acreditar la edad del inquilino (DNI/NIE) y, en caso de vulnerabilidad, sus ingresos. La Agencia Tributaria puede requerir esta documentación en caso de comprobación. Guarda también el contrato de arrendamiento con la fecha de firma y la identificación de las partes.

¿El alquiler de temporada o el alquiler turístico aplican estas reducciones?

No. Estas reducciones son exclusivamente para arrendamientos de vivienda habitual (LAU, art. 2). El alquiler de temporada y el alquiler turístico tributan íntegramente como rendimiento de capital inmobiliario, sin reducción.

¿Y si mi inquilino incumple el contrato? ¿Pierdo la reducción?

La reducción solo se aplica sobre rendimientos netos positivos declarados en la autoliquidación antes de que Hacienda inicie una comprobación. Si hay impagos y declaras rendimientos negativos o cero, no hay reducción que aplicar. La reducción no se pierde retroactivamente por incumplimiento del inquilino, pero debes poder justificar que la vivienda estaba destinada a vivienda habitual.